Universidad de Guayaquil
Catálogo Bibliográfico

Programa analítico de derecho procesal civil Ecuatoriano T.III: Libro Segundo La acción y los sujetos de la relación Jurídico-Procesal

Por: Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Quito: Casa de la Cultura Ecuatoriana, 1958Descripción: 443 p ; 21x16cmTema(s): Clasificación CDD:
  • 347.05 - Procedimiento
Contenidos:
Las partes .- La capacidad juridica y la capacidad procesal .- Personas que intervienen en los juicios .- Acepción juridica de los voces partes litigantes actor o demandante, demandado o reo , tercero o tercerista .- Capacidad para ser parte .- Capacidad para comparecer en juicio .- Legitimación para obrar .- Como la falta de personeria consiste en la incapacidad legal por carencia de poder no puede confundirse esta ilegitimidad de personeria con la falta de calidad de heredero de quien ha propuesto una demanda .- No existe falta de capacidad juridica para comparecer en juicio cuando el actor carece de derecho para exigir el pago que pretende .- No puede considerarse comprendida la pugnación de representante legal en el desconocimiento del derecho reclamado por el actor, por tratarse de dos asuntos esencialmente distintos, ya que el primero se refiere a la personeria y el segundo al derecho mismo materia de la contreversia .- Si el demandado alega a ser arrendatario del perdio se reinvindica cuando se le ha demandado en calidad poseedor no alega ilegitimidad de personeria se refiere a la acción o derecho del actor quien no puede obtener que se acepte la acción demandada
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Las partes .- La capacidad juridica y la capacidad procesal .- Personas que intervienen en los juicios .- Acepción juridica de los voces partes litigantes actor o demandante, demandado o reo , tercero o tercerista .- Capacidad para ser parte .- Capacidad para comparecer en juicio .- Legitimación para obrar .- Como la falta de personeria consiste en la incapacidad legal por carencia de poder no puede confundirse esta ilegitimidad de personeria con la falta de calidad de heredero de quien ha propuesto una demanda .- No existe falta de capacidad juridica para comparecer en juicio cuando el actor carece de derecho para exigir el pago que pretende .- No puede considerarse comprendida la pugnación de representante legal en el desconocimiento del derecho reclamado por el actor, por tratarse de dos asuntos esencialmente distintos, ya que el primero se refiere a la personeria y el segundo al derecho mismo materia de la contreversia .- Si el demandado alega a ser arrendatario del perdio se reinvindica cuando se le ha demandado en calidad poseedor no alega ilegitimidad de personeria se refiere a la acción o derecho del actor quien no puede obtener que se acepte la acción demandada

1958

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